Sumário:El art. 2 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH) no reconoce ningún derecho a morir -- El art. 8 § 1 del CEDH incluye el derecho de una persona a decidir cómo y en qué momento poner fin a su vida -- Las normas para la solicitud de práctica eutanásica deben ser siempre claras y transparentes -- La interrupción de los tratamientos que salvan la vida cuando derivan de una obstinación irrazonable.