Sumário:Descripción del instituto. Finalidad del presente -- Es un recurso de procedencia excepcional y subsidiario cuya sustanciación y recaudos se corresponden, en principio, con los parámetros legalmente previstos para los recursos de revocatoria codificados -- Con su auxilio se puede intentar subsanar errores materiales - y también excepcionalmente yerros de los denominados esenciales - groseros y evidentes, deslizados en un pronunciamiento de merito - dictado en primera o ulteriores instancias - quen no pueden corregirse a través de aclaratorias y que generan un agravio trascendente para una o varias partes. Se entiende por error esencial a aquel que sin ser un yerro material es tan grosero y palmario que puede y debe asimilarse a este último. No puede emplearse para suplir una equivocación jurídica o un déficit de actividad de las partes en materia de recolección de material probatorio -- Su interposición exitosa presupone que se está atacando, total o parcialmente, una resolución que no es susceptible de otras vías impugnativas o que de serlo, las mismas son de muy difícil acceso o cuya procedencia sea notoriamente incierta -- Se advierte una tendencia jurisprudencial inclinada en favor de distribuir en el orden causado, las costas suscitadas por la sustanciación de una reposición in extremis.